La Situación Nacional de Empleo es un requisito que se aplica a determinadas personas extranjeras que quieren residir y trabajar en España.

Cuando una empresa quiere contratar a un extranjero no residente en España a través de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, salvo excepciones, es necesario comprobar si se ve afectada la situación nacional de empleo por la contratación y el posterior inicio de la relación laboral.

La situación nacional de empleo permite contratar a un nacional extranjero no residente siempre y cuando se esté encuentre en alguna de las siguientes cuatro situaciones que comentamos a continuación:

Situación nacional de empleo y Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura

1 – En primer lugar, se entiende superada la Situación Nacional de Empleo si la ocupación que el trabajador extranjero va a desarrollar en la empresa está incluida en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.

Este Catalogo lo elabora el SEPE y contiene una relación de empleos susceptibles de ser satisfechos a través de la contratación de trabajadores extranjeros. Para justificar que se respeta este requisito, la empresa debe presentar una oferta que se encuentre en este Catálogo, el cual se actualiza cada 3 meses.

¿Qué ocurre si la oferta de trabajo no se encuentra dentro de la lista de este catálogo? En tal caso, se podría optar por acudir a la segunda vía que permite no aplicar la Situación Nacional de Empleo:

2 – En segundo lugar, para poder contratar a un extranjero no residente a través de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, se entiende que se supera la situación nacional de empleo si la empresa demuestra que no hay desempleados que estén disponibles para ocupar el puesto de trabajo ofertado y que quiere ocupar el trabajador extranjero. Para ello, la empresa debe obtener del Servicio Público de Empleo un certificado de insuficiencia de candidatos disponibles.

Sobre el certificado de insuficiencia de candidatos disponibles

Para obtener este certificado, la empresa primero debe presentar laoferta de empleo en el portal del SEPE, la cual debe estar formulada lo más precisa posible y ajustada a los requerimientos y detalles que precisa el puesto de trabajo en concreto que se pretende cubrir.

El SEPE es el encargado de gestionar y de promover el contacto entre la empresa y los demandantes de empleo que se ajusten a los requisitos de la oferta. Este organismo también dará publicidad a la oferta durante un periodo de 8 días a través de los medios adecuados que dispone, con el objetivo de que los trabajadores que residen en cualquier parte de España puedan aplicar a esta oferta.

Una vez hayan pasado los 8 días, la empresa debe comunicar al SEPE el resultado de la selección de los candidatos que se hayan presentado para cubrir ese puesto de trabajo vacante, señalando los candidatos admitidos y los que han sido rechazados (indicando la causa del rechazo).

Una vez analizada la situación y en caso de que proceda, el SEPE emite la certificación de insuficiencia de demandantes en un plazo máximo de 3 días que empiezan a contar desde el momento en el que la empresa comunica el resultado de la selección.

Excepciones a la situación nacional de empleo | Cuándo no aplica

3 – En tercer lugar, existen varias situaciones excepcionales que, si se dan, no es necesario que se respete la Situación Nacional de Empleo a la hora de solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en España.

La Situación Nacional de Empleo no se tendrá en cuenta cuando el contrato de trabajo vaya dirigido a alguno de los siguientes grupos de personas:

  1. Los familiares reagrupados en edad laboral o el cónyuge o hijo de extranjero residente en España con autorización renovada, o hijo de español nacionalizado, o ciudadano de UE que lleve como mínimo un año residiendo en España.
  2. Los titulares de una autorización previa de trabajo que quieren renovar
  3. Los trabajadores necesarios para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos
  4. Los extranjeros que hubieran gozado de condición de refugiado, durante el año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra, o que hubiera sido reconocido como apátrida en el año siguiente a la terminación del estatuto.
  5. Los que hubieran sido reconocidos como apátridas y a los que hubieran perdido la condición de apátridas el año siguiente a la terminación de dicho estatuto.
  6. Los extranjeros que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española.
  7. Los extranjeros nacidos y residentes en España.
  8. Los hijos o nietos de español de origen.
  9. Los menores extranjeros en edad laboral con autorización de residencia que sean tutelados por la entidad de protección de menores competente, para aquellas actividades que, a criterio de la mencionada entidad, favorezcan su integración social, y una vez acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o al país de origen.
  10. Los extranjeros que obtengan la autorización de residencia porcircunstancias excepcionales en los supuestos que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, cuando se trate de víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos.
  11. Los extranjeros que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante dos años naturales, y hayan retornado a su país.
  12. Los extranjeros que hayan renunciado a su autorización de residencia y trabajo en virtud de un programa de retorno voluntario.

¿La Situación Nacional de Empleo aplica a los altamente cualificados?

Además de las excepciones enumeradas anteriormente, tampoco se tendrá en cuenta la Situación Nacional de Empleo en las siguientes situaciones:

  1. Para la cobertura de puestos de confianza y directivos de empresas.
  2. Para los casos de contratación de profesionales altamente cualificados, incluyendo técnicos y científicos contratados por entidades públicas, universidades o centros de investigación, desarrollo e innovación dependientes de empresas.
  3. Tampoco se aplica en caso de que hablemos de trabajadores en plantilla de una empresa o grupo de empresas en otro país que pretendan desarrollar su actividad laboral para la misma empresa o grupo en España.
  4. Para la contratación de artistas de reconocido prestigio.

Situación nacional de empleo para chilenos y peruanos

En cuarto lugar, esta situación tampoco aplica a aquellos nacionales de Estados con los que se haya suscrito convenios internacionales a tal efecto (como ocurre con Perú y Chile).

Es decir, un ciudadano peruano o chileno puede ser contratado desde su país de origen sin que se tenga que cumplir el requisito de respetar la Situación Nacional de Empleo en caso de que se opte por solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Conclusiones

En definitiva, la concesión de una autorización para residir y trabajar por cuenta ajena en España está supeditada al examen y a la consideración por parte de la Administración de la situación nacional de empleo, salvo en determinadas situaciones en las que no se aplica este requisito.

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