La Tesorería General de la Seguridad Social ha informado mediante un nuevo Boletín de Noticias RED sobre diferentes peculiaridades y cuestiones que afectan a:

  • las bonificaciones aplicables a actividades realizadas en Ceuta y Melilla
  • los contratos para la sustitución de personas trabajadoras y a las situaciones especiales de

Bonificaciones aplicables a las actividades realizadas en Ceuta y Melilla

Desde el 1 de noviembre de 2024, la contratación en empresas dedicadas a determinadas actividades en Ceuta y Melilla están bonificados en el 50% de las cuotas de la Seguridad Social, en sustitución de la anterior de 262 euros al mes.

La bonificación aplica:

  • a los contratos indefinidos iniciados a 1 de noviembre de 2024 (o posterior), ya sea por contratación inicial o por transformación de uno temporal.
  • a los contratos para la sustitución de trabajadores en situación de incapacidad temporal celebrados con trabajadores desempleados, ya sea a tiempo complete o parcial.

Contratos de duración determinada para sustituciones de personas trabajadores en determinados supuestos

La TGSS también ha anunciado la futura implementación del valor 17, en sustitución del actual valor 05, que va a identificar la bonificación a la contratación de personas desempleadas con discapacidad para sustituir a personas con discapacidad que tengan suspendido su contrato debido a una incapacidad temporal.

Este valor se aplciará a los contratos de sustitución con fecha de inicio posterior al 1 de septiembre de 2023, ya sea a tiempo completo o parcial.