Modificación de los modelos 322 y 390 del IVA
A partir del 1 de noviembre de 2024, los modelos 322 y 390 del IVA sufrirán modificaciones. Descubre cómo afectan estos cambios a tus declaraciones y qué debes tener en cuenta.
El BOE del 25 de octubre de 2024 publica la Orden por la cual se modifica:
- La Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del grupo de entidades en el IVA.
- La Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA.
Ambas modificaciones se hacen para adaptar los modelos a las modificaciones introducidas en materia de tipos impositivos efectuada por el Real Decreto Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, que ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024 la aplicación de tipos impositivos reducidos a determinadas entregas de alimentos.
Desde el 1 de octubre de 2024 existirán 6 tipos impositivos y 6 recargos de equivalencia.
Por otro lado, durante el ejercicio 2024 habrán estado en vigor 7 tipos impositivos y 8 tipos de recargo de equivalencia mientras que el diseño del vigente modelo 390 solamente permite declarar 5 tipos impositivos y 6 recargos, por lo que este modelo también debe ser modificado para permitir la declaración de todos los tipos impositivos y tipos de recargo de equivalencia vigentes a lo largo de 2024.
¿Cuándo entran en vigor estas modificaciones? El 1 de noviembre de 2024 y se aplicará por primera vez, en el caso del modelo 322, a la autoliquidación correspondiente a octubre de 2024, y en el caso del modelo 390, a la declaración-resumen anual del 2024.