Impuestos para extranjeros al vender una vivienda en España
¿Conoces los impuestos que tienes que pagar por vender una vivienda en España si eres extranjero? Son diferentes a los que tendría que pagar un español
En la venta de una vivienda surgen diferencias entre los impuestos a pagar en función de si eres extranjero o español. Sin embargo, en la compra de una vivienda, los ciudadanos nacionales y extranjeros no residentes pagan exactamente lo mismo en cuanto a tributación se refiere, teniendo en cuenta siempre las diferencias entre comprar una casa nueva o de segunda mano.
A la hora de comprar una vivienda en España, un extranjero no residente debe seguir una serie de pasos. La liquidación de impuestos es uno de ellos.
Impuestos al vender una vivienda si eres extranjero
Todo extranjero deberá liquidar impuestos en el caso de que haya obtenido una renta en territorio español como consecuencia de la venta de su establecimiento permanente y en el caso de que el valor terrenal de dicha vivienda haya incrementado mientras haya sido de su propiedad. El extranjero tributará:
- Por el IRNR (Impuesto sobre la Renta de no Residentes): En el caso de que se haya obtenido una ganancia patrimonial en la venta de la vivienda, será necesario tributar por ello. En base a esto, en primer lugar, habrá que determinar la diferencia entre el valor de adquisición y transmisión del inmueble. Una vez obtenidos estos valores, a la diferencia entre ellos se le aplica un tipo del 19% para residentes de la EU, Noruega e Islandia, y de un 24% para el resto como norma general. Sin embargo, en muchas ocasiones es complicado localizar al vendedor extranjero del inmueble o simplemente desconoce sus obligaciones tributarias, por lo que existe la aplicación de una retención a la cuota tributaria en concepto de obligación del comprador: en ocasiones el comprador tendrá que aplicar una retención del 3% sobre el valor pactado de la venta para evitar que el no residente deje sin pagar el impuesto. Puedes encontrar más información en los artículos 16, 19 y 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
- Por el IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana/Plusvalía municipal): Teniendo en cuenta que el vendedor asume que el terreno del inmueble ha aumentado de valor durante todos los años que han sido de su propiedad, deberá liquidar este impuesto en caso de vender su vivienda siempre que se haya dado ese incremento del valor del suelo. En este caso el comprador también tiene que estar pendiente de retener del precio de la compraventa la cantidad que corresponda a la plusvalía, pues tendrá que ingresar dicha cantidad en caso de que el vendedor no procediera a la liquidación. Esto es un mecanismo para asegurar que siempre se pague la plusvalía. En relación a la plusvalía municipal, conviene recordar que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el supuesto en el que el impuesto a pagar es mayor al beneficio obtenido tras la operación de compraventa. Puedes encontrar más información en relación a este impuesto a partir del artículo 104 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Como vemos, el extranjero no residente que decida vender una vivienda en territorio español deberá tributar por conceptos que no afectaría en el caso de que el vendedor fuera español.