La condición de Gran Empresa a efectos fiscales
Características de la condición de Gran Empresa. Efectos en el Impuesto sobre Sociedades y en el IVA
La Condición de Gran Empresa trae consigo importantes efectos fiscales y tributarios que debes conocer.
Cuándo una empresa pasa a ser gran empresa
Entendemos por Gran Empresa aquellas entidades cuyo volumen de operaciones, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley del IVA, hubiese excedido durante el año natural inmediato anterior de 6.010.121,04 euros, incluso cuando desarrollen su actividad fuera del territorio de aplicación de este impuesto, obtendrán la condición de Gran Empresa. Estas entidades formarán el Registro de Grandes Empresas, dentro del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Es decir, en el momento en el que una empresa, empresario o profesional supera los 6.010.121,04 de euros de facturación en un año, a partir del año siguiente pasa a tener la condición de Gran Empresa. Esta condición produce importantes efectos tributarios a tener en cuenta en la realización de trámites ante la Agencia Tributaria.
Gran Empresa: volumen de operaciones
Atendiendo a la definición de gran empresa, ¿qué entra dentro del “volumen de operaciones”? Se entenderá por volumen de operaciones el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por el contribuyente durante el año natural, incluidas las exentas del impuesto.
Es importante tener en cuenta que en el cálculo del volumen de operaciones no se incluyen las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), ni el recargo de equivalencia, ni la compensación percibida por agricultores, pescadores y ganaderos que tributen en el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
¿Cómo debe calcularse el volumen de operaciones? Cada ejercicio, produciendo efectos respecto al ejercicio posterior.
Consecuencias de superar el umbral de 6.010.121,04 euros
Ser considerado Gran Empresa va a tener importantes consecuencias, tanto censales como en relación con los plazos y formas de presentación de ciertas autoliquidaciones.
Una de las primeras obligaciones que tiene la entidad cuando pasa de PYME a Gran Empresa es la de comunicar tal condición a Hacienda. ¿Cómo? A través de la presentación del modelo 036 (declaración censal) entre el 1 de enero y el 20 de febrero (en 2022 la fecha tope es el 21 de febrero puesto que el 20 cae en domingo)
De igual manera, atendiendo al volumen de negocios, una entidad puede dejar de obtener la condición de Gran Empresa. En tal caso también lo deberá comunicar también a través del modelo 036: concretamente, marcando “NO” en la casilla 541, lugar en el que se indicará la fecha a partir de la cual se adquiere o pierde la condición de Gran Empresa.
Tener la condición de Gran Empresa tare consigo efectos de gestión importantes: entre otros, las autoliquidaciones 111 (retenciones e ingresos a cuenta) y 303 (autoliquidaciones de IVA) deben presentarse mensualmente en vez de trimestralmente. Ocurre lo mismo para el resto de modelos de retenciones e ingresos a cuenta.
Por otro lado, las Grandes Empresas quedan obligadas a aplicar el Suministro Inmediato de Información (SII), un nuevo sistema de gestión del IVA.
Gran empresa a efectos del Impuesto sobre Sociedades
En cuanto al Impuesto sobre Sociedades: la condición de Gran Empresa tiene efectos sobre los pagos fraccionados de la sociedad (modelo 202).
En primer lugar, es importante saber que, desde el año 2015, las sociedades consideradas Grandes Empresas están obligadas a aplicar la modalidad prevista en el artículo 40.3 LIS, en vez de la modalidad general prevista en el artículo 40.2 LIS.
Por su parte, aquellas sociedades que pierden la condición de Gran Empresa pasan calcular el pago a cuenta del IS por cuota (40.2 LIS).
La Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que los contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios haya superado la cantidad de 6 millones de euros durante el año natural anterior a la fecha en que se inicie el periodo impositivo al que corresponda el pago fraccionado, tendrán la obligación de realizar el cálculo de dicho pago sobre la parte de la base imponible del periodo de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural.
Este post es de carácter informativo; su finalidad es indicar los principales y generales aspectos de ser considerado Gran Empresa.
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