¿Te vas a dar de alta como autónomo en la Seguridad Social por primera vez? Como asesores expertos te explicamos todo lo que debes saber
A pesar de que el darse de alta como autónomo en la Seguridad Social tenga menos carga administrativa que, por ejemplo, crear una sociedad limitada, hay que hay que tener en cuenta ciertos trámites.
¿Quién debe darse de alta en la Seguridad Social?
Toda aquella persona mayor de edad que realice una actividad económica de manera habitual y por cuenta propia.
Da igual si eres español residente en España o un extranjero con permiso de trabajo, estás obligado a darte de alta como autónomo si vas a realizar una actividad económica de manera personal y habitual con independencia de los ingresos que generes con tu actividad.
Tal y como explicamos en este post más general (Cómo darse de alta como autónomo), antes de acudir a la Seguridad Social, hay que darse de alta en hacienda mediante la declaración censal (haz clic aquí para más información detallada)
Modelo TA.0521 de la Seguridad Social
Una vez dado de alta en Hacienda, debes presentar el modelo TA.0521 en la Seguridad Social para registrarte en el RETA.
El formulario TA.0521 está diseñado específicamente para autónomos y contiene tus datos personales, la actividad profesional, y la fecha en la que inicias la actividad.
Plazos para darse de alta como autónomo en la Seguridad Social
Es importante que sepas que tienes que solicitar el alta antes de iniciar tu actividad.
En cualquier caso, puedes tramitarla con una antelación máxima de 60 días.
En caso de que ya hayas empezar a trabajar por cuenta propia, también deberás comunicar tu alta, pero se considerará realizada fuera de plazo a todos los efectos.
El trámite para darse de alta se puede hacer de varias maneras:
- Sede electrónica: a través del portal online de la Seguridad Social, usando certificado digital o sistema Cl@ve PIN.
- De forma presencial: puedes acudir a una oficina de la Seguridad Social con cita previa y presentar el formulario TA.0521 en formato impreso.
- Por medio de un gestor o asesor autorizado: un asesor o gestoría puede ayudarte a realizar este trámite, especialmente si tienes dudas sobre el proceso.
Ten en cuenta que previamente deberás haberte dado de alta con el Impuesto de Actividades Económicas en Hacienda (el día de inicio de actividad deberá coincidir en ambas administraciones).
A la hora de indicar la fecha de inicio de actividad en el trámite en la Seguridad Social, existe la posibilidad de cotizar por el mes completo en caso de que quieras mejorar tus prestaciones. Justo después de este punto, es imprescindible señalar la actividad profesional o el código CNAE.
Documentación para darse de alta como autónomo en la Seguridad Social
Ten preparada la siguiente documentación y ten en cuenta los siguientes temas:
- El Código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la Administración Tributaria a la que perteneces.
- El código de actividad CNAE salvo en el caso de los religiosos.
- La fecha de inicio y domicilio de actividad.
- Estate preparado y lleva una estimación de tus rendimientos netos anuales.
- Tendrás que seleccionar durante el trámite una base de cotización y los beneficios aplicables, en su caso.
- También tendrás que elegir durante el trámite la Mutua colaboradora que cubrirá tus riesgos y, en su caso, las coberturas.
- Necesitarás una cuenta bancaria para domiciliar la cuota y, en caso necesario, abonar una devolución de cuotas. Si no eres el titular de la cuenta, el número del documento de identificación del titular y contar con su autorización.
Cuota y cotización de los autónomos en España
Tal y como hemos comentado anteriormente, los autónomos tienen la obligación de cotizar a la Seguridad Social: deberás abona una cuota mensual, la cual otorga el derecho a recibir las prestaciones que ofrece el sistema en España.
¿Cuánto tiene que pagar un autónomo de Seguridad Social?
En primer lugar, deberás elegir un rendimiento neto promedio mensual esperado, así como una base de cotización, entre un mínimo y un máximo establecido cada año por Ley.
A esta base se le aplicará posteriormente un porcentaje fijado cada año para obtener el importe “final” de la cuota que tienes que pagar.
Desde 2023, el sistema de cotización para autónomos en España es progresivo y varía en función de los ingresos reales que se hayan declarado (es decir, la cuota de autónomo ya no es fija, va en función de los ingresos reales).
Sin embargo, no pasa nada si los ingresos esperados varían a lo largo del año, ya que existe la posibilidad de cambiar la base de cotización en caso de que varíen estos rendimientos.
Se puede hacer hasta un máximo de 6 cambios al año. La modificación se hace efectiva en las siguientes fechas:
- 1 de marzo: si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
- 1 de mayo: si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
- 1 de julio: si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
- 1 de septiembre: si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
- 1 de noviembre: si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- 1 de enero: si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
¿Qué situaciones están protegidas?
En caso de que cumplas unos determinados requisitos, como autónomo tendrás derecho a una serie de prestaciones:
- Baja médica por enfermedad común y accidente no laboral.
- Baja médica por enfermedad profesional o accidente laboral.
- Nacimiento y cuidado del menor.
- Riesgo durante el embarazo y lactancia.
- Incapacidad permanente.
- Viudedad y orfandad.
- Cese de actividad por causas involuntarias.
- Jubilación.
Tarifa plana en autónomos durante el primer año
Al darte de alta como autónomo, puedes aplicar diferentes incentivos para reducir tu cuota a pagar.
En este sentido, si es la primera vez que te das de alta, puedes beneficiarte de la tarifa plana: una reducción de la cuota mensual que implica pagar 80 euros/mes durante los primeros 12 meses. Posteriormente, esta cuota se incrementará de manera progresiva.