Transposición de la DAC8: las criptos podrán ser embargadas
Se transpone la directiva DAC8, que refuerza las obligaciones de información de los proveedores de criptomonedas.
El Gobierno español ha aprobado el pasado martes 17 de septiembre en primera vuelta un anteproyecto de Ley para proceder a la transposición de la Directiva europea 2011/16/UE (DAC8), relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.
DAC 8 y criptomonedas
Esta norma comunitaria, popularmente conocida como DAC8, supondrá importantes cambios normativos en relación con las obligaciones tributarias realcionadas con el mercado de las criptomonedas.
Concretamente, este cambio permitirá la adaptación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos en las mismas.
La puesta en marcha de la DAC8 permitirá crear el marco regulatorio necesario para que, una vez se comiencen las obligaciones de información, dar cumplimiento a las obligaciones de asistencia mutua con el resto de estados miembros de la Unión Europea.
Las criptomonedas, bienes embargables
Otra de las novedades importantes que se incorporan es que se reconoce expresamente a las criptomonedas entre los bienes susceptibles de sufrir embargos, así como a los bienes y derechos situados en entidades de pago y de dinero electrónico. Es decir, lo que se pretende con esta novedad es que las criptomonedas dejen de ser un posible valor refugio.
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