¿Qué es un contrato fijo discontinuo? Te contamos las claves
La contratación fija discontinua se impulsa tras la reforma laboral de cara a reducir la temporalidad en el ámbito laboral. ¿Qué modificaciones ha sufrido?
Desde nuestra Asesoría Laboral para empresas hemos preparado este post en el que te contamos las principales características del contrato fijo discontinuo, un contrato cuyos elementos esenciales han sido modificados tras la última reforma laboral.
¿Qué es un contrato fijo discontinuo?
El contrato fijo discontinuo es un tipo de contrato laboral de carácter indefinido, que tiene la particularidad de que la actividad laboral se lleva a cabo de forma intermitente pero estable en el tiempo.
Es decir, existe una discontinuidad en el ejercicio del trabajo. No se trabaja durante todo el año de enero a diciembre. Este contrato es el empleado por aquellas empresas que no necesitan trabajadores permanentes durante los 12 meses de año.
Hablamos de un contrato adecuado para aquellos empleos que son estables pero que se desarrollan de forma intermitente en el tiempo (por ejemplo solo durante los meses de verano o en Navidad).
Aunque parezca temporal, en realidad es un tipo de contrato indefinido (diferente al indefinido ordinario) que se suspende y se activa en función de la época del año. También produce periodos en los que no se trabaja y en los cuales el trabajador no cobrará un salario.
Un ejemplo general de situación en la que se podría celebrar un contrato fijo discontinuo sería la de un empleado que solo trabaja durante junio, julio y agosto.
En caso de ser despedido, es igual que un contrato ordinario. Es decir, los derechos laborales que otorga este contrato son los propios de un indefinido y no de uno temporal.
Tras la reforma laboral de 2022 ha sido el modelo de contrato que más se ha potenciado y su regulación ha tenido importantes cambios.
Si tienes dudas sobre las diferencias que existen entre el contrato indefinido ordinario y el contrato fijo discontinuo, puedes visitar este post en el que desarrollamos ampliamente este tema: Diferencias entre contratos indefinidos y fijos discontinuos
¿Cuándo se puede hacer un contrato fijo discontinuo?
Los contratos fijos discontinuos se pueden concertar:
✅ Para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
✅ Para el desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa. Los convenios colectivos sectoriales podrán determinar un plazo máximo de inactividad entre subcontratas, que, en su defecto, será de 3 meses. Es decir, podrán desarrollarse a través de la contratación fija-discontinua las actividades realizadas al amparo de contratas mercantiles o administrativas.
✅ Para la cobertura de contratos de puesta a disposición vinculados a necesidades temporales, por parte de las ETTs (empresas de trabajo temporal), de diversas empresas usuarias sobre contratos de duración determinada, coincidiendo en este caso los periodos de inactividad con el plazo de espera entre dichos contratos. Es decir, las ETT también podrán suscribir estos contratos con sus trabajadores cedidos.
Características del contrato fijo discontinuo
- Debe realizarse por escrito.
- Debe reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral, tales como la duración del periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria (estos últimos se pueden concretar en el momento en el que se llama a la persona para trabajar).
- En relación al llamamiento para trabajar, debe realizase por escrito o a través de otro medio que permita dejar constancia de la debida notificación a la persona interesada con las indicaciones precisas de las condiciones de su incorporación y con una antelación adecuada.
- Al inicio de cada año natural, la empresa debe trasladar a la representación legal de los trabajadores un calendario con las previsiones de llamamiento anual, así como los datos de las altas efectivas de las personas fijas discontinuas una vez se lleven a cabo.
- Los convenios colectivos sectoriales pueden acordar la celebración a tiempo parcial de los contratos fijos-discontinuos, así como la obligación de las empresas de elaborar un censo anual de personal fijo discontinuo.
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Bolsa de empleo en la contratación fija discontinua
Además, es importante destacar que, si así lo refleja el correspondiente convenio colectivo sectorial, cabe la posibilidad de facilitar una bolsa sectorial de empleo para que se integren las personas fijas-discontinuas durante los periodos de inactividad, con el objetivo de favorecer su contratación y su formación continua (eso sí, todo ello sin perjuicio de las obligaciones en materia de contratación y llamamiento)
Antigüedad en los contratos fijos discontinuos
Importante: En general, salvo pequeñas excepciones, los trabajadores/as fijos discontinuos tienen derecho a que su antigüedad se calcule teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral y no el tiempo de servicios realizados.
¿Para la indemnización por despido hay que tener en cuenta toda la antigüedad?
Sin embargo, en este sentido, la redacción de este precepto es un tanto ambigua (art 16 ET), y suscita la siguiente duda: ¿la redacción de este artículo implica que para la indemnización por despido de un fijo discontinuo hay que tener en cuenta toda la antigüedad? Nosotros podemos entender que no, principalmente por lo que establece la primera parte del párrafo del apartado 6 del artículo 16: «su antigüedad se calcule teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral y no el tiempo de servicios efectivamente prestados».
Además, en una indemnización por despido es más objetivo y proporcional tener en cuenta sólo el tiempo efectivamente trabajado y no toda la antigüedad.
De hecho, hay una sentencia que trata este tema (STS núm. 730/20, de 30 julio) y que afirma que «la citada doctrina del TJUE y del TS que, a efectos retributivos y de promoción profesional, incluye los periodos en los que el trabajador fijo discontinuo no ha prestado servicios, no se aplica al cálculo de la indemnización por despido».
Información sobre puestos de trabajo vacantes
Otro de los puntos importantes a destacar en materia de contratación fija-discontinua es que la empresa tiene el deber de informar a las personas fijas discontinuas y a la representación legal de las personas trabajadoras sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes de carácter fijo ordinario, de manera que aquellas puedan formular solicitudes de conversión voluntaria, según establezcan los procedimientos que determine el convenio colectivo sectorial o, en su defecto, el acuerdo de empresa.
Formación en la contratación fija discontinua
También es importante saber que las personas trabajadoras fijas discontinuas son consideradas como colectivo prioritario para el acceso a las iniciativas de formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral durante los periodos de inactividad.
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